Normas de uso de las vías ferratas de Sobrón:

  1. Para el acceso a las vías ferratas de Sobrón, será OBLIGATORIO la obtención de ENTRADA O TICKET DE ACCESO, que se podrá obtener online en la página web habilitada a tal efecto. Dicho ticket de acceso tendrá un coste que vendrá determinado por la entidad promotora, pudiendo ser gratuito en épocas de escasa afluencia de usuarios (temporada baja).
  2. Los usuarios deberán portar el ticket de acceso, en papel o en formato digital en el móvil, y tendrán la obligación de mostrarlo al personal encargado de la gestión y vigilancia de las ferratas y a los agentes de la autoridad.
  3. La Cuadrilla de Añana, como promotora de las vías ferratas de Sobrón, se reserva el derecho a denegar el uso de estas instalaciones a particulares y a empresas de Turismo Activo con los que haya tenido o mantenga algún tipo de contencioso por uso indebido, inadecuado o contrario a los intereses de las instalaciones.
  4.  El acceso a las vías ferratas puede realizarse con o sin guía. Todas las personas que realicen la actividad sin guía lo hacen bajo su exclusiva responsabilidad, debiendo en todo caso cumplir las normas de seguridad.
  5. Es muy recomendable, disponer de un seguro de Responsabilidad Civil y de Rescate en caso de Accidente.
  6. Todas las personas que realicen la actividad deben utilizar como mínimo necesario e imprescindible: casco, arnés, cabo de anclaje doble con mosquetones dotado de sistema adopción de energía, y calzado y ropa adecuados. Se recomienda llevar también un cabo de descanso y guantes, sobre todo en la ferrata Harri Gorri, así como algo de comida y, sobre todo, bebida.
  7. Todo el material utilizado deberá estar homologado para su uso en vías ferratas y en perfecto estado de uso, además de ser adecuado a la estatura y peso del participante.
  8.  El usuario debe ser consciente del riesgo de la actividad y actuar en todo momento con prudencia y responsabilidad. La información, formación y precaución son bases imprescindibles para el correcto desarrollo de la actividad.
  9. No hay que asegurarse a un tramo del cable de seguridad si otra persona ya está asegurada en él. Se debe esperar a que esa persona llegue al siguiente tramo.
  10. Escalar y caminar con cuidado, de forma que se evite la caída de piedras, puesto que puede haber otras personas realizando el recorrido. Avisar en caso de tirar una piedra accidentalmente.
  11. No correr durante el desarrollo de la actividad ni realizar adelantamientos salvo en zonas seguras y siempre sin soltarse de los dos mosquetones.
  12. No abandonar en ningún momento el itinerario si no es por las rutas habilitadas como vías de escape
  13. Respetar en todo momento el entorno que rodea las vías ferratas.
  14.  Respetar todas las instalaciones.
  15. Seguir en todo momento las indicaciones de los paneles indicadores y cumplir las instrucciones que figuran en los carteles informativos de la instalación.
  16.  No tirar papeles, envoltorio, comida o cualquier otro tipo de basura
  17. Queda prohibida la utilización de fuentes de sonido artificial, así como la emisión de gritos.
  18. Respetar la flora y fauna de la zona.
  19.  Se recomienda no realizar la actividad a personas con vértigo y/o problemas cardiacos.
  20.  En la vía ferrata La cresta, no se recomienda la realización de la actividad a los menores de 10 años en sus dos primeros tramos (K2 y K3), y de 14 años en su tercer tramo (K4). En la vía ferrata Harri Gorri (K5) no se recomienda la realización de la actividad a los menores de 15 años y/o menos de 1,60 metros de estatura. Los menores de edad deberán ir acompañados de quien ostente su patria potestad o de un guía o técnico profesional debidamente autorizado por los anteriores.
  21. Consultar la previsión meteorológica antes de realizar la actividad.
  22.  En caso de posibilidad de tormenta no se debe realizar la actividad, y si se está ya realizando, abandonar el recorrido utilizando el escape señalizado más cercano.
  23. Se recomienda realizar el itinerario en compañía de personas expertas o contratar los servicios de un guía o técnico profesional cualificado.
  24.  Conocer y cumplir en todo momento las recomendaciones de uso y de seguridad.
  25.  Cumplir en todo momento las indicaciones del guía (en caso de realizar la actividad con el mismo).
  26.  Escoger un itinerario adecuado a la condición física de los practicantes.
  27.  Respetar las limitaciones de los distintos niveles y grados de dificultad.
  28. Descansar periódicamente a lo largo del desarrollo de la actividad.
  29. Se prohíbe el acceso a las vías ferratas en periodo nocturno.
  30. Ir anclados en todo momento con uno o los dos mosquetones de la cinta disipadora.
  31. Las vías ferratas son de sentido único y se deberá acceder a ellas únicamente desde los puntos habilitados.
  32. Presentar la entrada o ticket de acceso obligatorio para realizar la actividad al personal que gestiona la ferrata o los agentes de la autoridad que lo requieran.
  33. La Cuadrilla de Añana no asume responsabilidad alguna en el incumplimiento de estas u otras medidas de seguridad por los usuarios.

EMPRESAS DE TURISMO ACTIVO:

  1. Las empresas cuyo objeto sea el desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre en el medio natural, bajo su exclusiva responsabilidad, podrán realizar la actividad en las vías ferratas guiando y ofreciendo el material de seguridad necesario, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
  2.  Cumplimiento estricto de la presente ordenanza reguladora.
  3. Realizar la reserva de acceso a la ferrata y pagar las tasas correspondientes en la web habilitada a tal efecto.
  4. Cumplimiento estricto de la normativa aplicable a vías ferratas.
  5. Disponer de Seguros de Responsabilidad Civil y Accidentes, vigentes, y suficientes para cubrir los riesgos.
  6. Realizar el mantenimiento de los equipos de protección individual que utilizan y alquilan para la actividad. Si alguno de los elementos del EPI (casco, arnés, disipador de energía con mosquetones), presenta daños o desperfectos, o bien si está corroído o contaminado por agentes químicos, este elemento será sustituido.
  7. Asesorar adecuadamente a los usuarios en el cumplimiento de las directrices señaladas en la presente ordenanza reguladora y en la web habilitada con la información y normas de uso de las ferratas de Sobrón.
  8.  Las empresas y guías profesionales deberán asegurarse de que el número de participantes por guía sea el adecuado para mantener la seguridad de los usuarios y la fluidez en la realización del circuito. Se recomienda que el ratio guía/cliente no sea superior a 1:3 en la ferrata Harri Gorri o de 1:6 en la ferrata La Cresta. En cualquier caso, el número de participantes en cada tramo horario no podrá ser superior al establecido en la página web en la que deben efectuarse las reservas.

 

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Ordenanza reguladora de las vías ferratas de Sobrón
BOTHA nº 58 del 28 de mayo de 2021
Ordenanza reguladora vías ferratas de So
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